El técnico deberá ver la vivienda antes de la firma del contrato. Con esta medida se pretende actuar contra las llamadas "certificaciones de oído", es decir, inspecciones en las que el técnico no se desplaza a la vivienda a evaluar sino que lo hace con los datos que le facilita el cliente a través del teléfono o el correo electrónico.
Quien venda un edificio o una vivienda y/o alquile un edificio o parte de él o una vivienda, deberá entregar al comprador o al inquilino en su caso, el correspondiente certificado de eficiencia energética con anterioridad a la firma de escrituras ante notario, o con anterioridad a la firma del contrato de arrendamiento correspondiente.
Fuente: Idealista